Un Decretazo de improvisaciones y desmanes

José Solano Solano

5 de Junio de 2012

Más que un daño, es una vergüenza. No seré el primero en decirlo ni en demostrarlo, pero lo que el gobierno hace llamar una trocha es solo comparable con horrores de vías nacionales que no hace mucho tiempo eran noticia en este país. Esto nos demuestra que, en concesión o por vía del Conavi, la construcción de este tipo de infraestructura siempre termina siendo una penosa odisea para nuestros gobiernos, así como un fatal desenlace para el bolsillo de los costarricenses.

 

Si a este gobierno se le critica su falta de rumbo, en definitiva es porque las vías que usa las han construido ellos mismos. A continuación un breve resumen al respecto de la trocha 1856.

 

Tras los sucesos por todos conocidos con Nicaragua, el gobierno toma medidas que podríamos caracterizar de precipitadas ante una situación que no lo ameritaba. El daño ambiental provocado por el dragado es evidente para todos, demostrado igualmente por la comunidad internacional. Sin embargo, el gobierno costarricense realiza una obra que, verificado por medios como La Nación y otros, así como la simple visualización de las fotografías que circulan por las redes sociales y medios oficiales de la Presidencia, dejan clara evidencia de que la trocha 1856 no es más que un fracaso como muchos otros a los que nos tiene acostumbrados la administración Chinchilla Miranda.

 

Declarar una Emergencia Nacional para construir una trocha improvisada y sin la más mínima atención al medio ambiente no solo es descabellado sino incoherente e irresponsable.

 

El Decreto Ejecutivo 36440-MP se ampara en los artículos constitucionales 140 y 180. Mas, pese a la generalidad de la Carta Magna sobre lo que se considera “guerra, conmoción interna o calamidad pública” es necesario ahondar en la Ley Nacional de Emergencias donde, la misma, establece en su artículo 4, la definición de Emergencia la cual dicta, textualmente, lo siguiente: “Estado de crisis provocado por el desastre y basado en la magnitud de los daños y las pérdidas. Es un estado de necesidad y urgencia que obliga a tomar acciones inmediatas con el fin de salvar vidas y bienes, evitar el sufrimiento y atender las necesidades de los afectados. Puede ser manejada en tres fases progresivas: respuesta, rehabilitación y reconstrucción; se extiende en el tiempo hasta que se logre controlar definitivamente la situación.”

 

Curiosamente y con solo el análisis de este concepto se puede determinar que el decreto maneja errores que solo han sido demostrados sobre el terreno, cuando ya los daños se han llevado a cabo. El problema radica en que, para efectos de legitimación de las obras, solo se tomó en consideración la primera línea de la definición y no la totalidad del concepto donde queda evidenciado que este estado de Emergencia solo se decreta en casos de extrema urgencia donde, incluso, corren peligro vidas humanas. El mismo artículo 29 de dicha ley emite la salvedad de que esta declaratoria vía decreto debe quedar sujeta “al control de constitucionalidad, discrecionalidad y legalidad prescritos en el ordenamiento jurídico.” Hechos que, como ha quedado evidenciado por los medios de comunicación, no se ha cumplido a cabalidad, en especial sobre la discrecionalidad en el manejo de los fondos públicos.

 

Si este caso estaba ante la Corte Internacional y si no había una invasión militar por parte de Nicaragua, según lo estipula nuestra Constitución y la Ley Nacional de Emergencias, entonces ¿Por qué declarar una Emergencia Nacional para construir eso que se llama trocha?

 

El daño ambiental ya está hecho. Nada tenemos que envidiarle al gobierno nicaragüense por el desastre provocado tras el dragado. El gobierno nacional, con estas acciones, tiene poca moral ecológica para reclamar internacionalmente el actuar de Nicaragua.

 

Por lo tanto, declarar un decreto de esta magnitud, con las implicaciones legales, ambientales y administrativas que la llevaron a cabo solo demuestra la inoperancia del actual gobierno. No realizar planos, mucho menos un estudio de impacto ambiental, ni fiscalizar con claridad los manejos públicos deja todavía más en entredicho las acciones que motivaron esta construcción, en especial si esto estaba bajo la tutela de la Corte Internacional de Justicia al momento de su declaración. Los especialistas en derecho público confirman lo expuesto en estas líneas, sobre todo en materia del estudio de impacto ambiental según declaraciones en diferentes medios.

 

Finalmente, nos queda esa sensación de que algo falta, no solo lo evidente. A pesar de que el gobierno desmienta daño ambiental (¿Entonces por qué hablar de los planes de mitigación? ¿No habría sido mejor prever el daño con un estudio de impacto ambiental?), y afirme que se ha “sobredimensionado” la información, según declaraciones de Francisco Chacón a La Nación, surgen interrogantes a la luz de lo que, con una simple visita a la zona o ver las imágenes fotográficas, queda más que demostrado.

 

En sencillas palabras, no había tal emergencia nacional, en este proyecto multimillonario se derrochó gran cantidad de fondos públicos tan necesarios ante la crisis fiscal que atraviesa el país y por la que el gobierno tanto ha llorado para que se impongan más impuestos a la sociedad. Privó, además, la irresponsabilidad, la negligencia, la corrupción y la improvisación. A esto nos siguen acarreando los últimos gobiernos, aunque pareciera que el de Laura Chinchilla es el acabose de todos. Es hora de pronunciarnos al respecto.

CONTÁCTENOS

equipocritica@gmail.com

PUBLIQUE EN EquipoCritica.org

redaccion.equipocritica@gmail.com