El proyecto de ley de Educación Dual y sus implicaciones explícitas

José Solano Solano

21 de Setiembre de 2015

Según lo estudiado previamente [1], el proyecto de educación dual (19019) –y ahora también sus textos sustitutivos (versiones del PAC y PLN) – que pretende imponerse en Costa Rica, responde a necesidades económicas, no pedagógicas, del propio sistema capitalista. Son, por tanto, las condiciones políticas las que definen la reforma que se plantea, no hay criterios técnicos pedagógicos ni curriculares. Como se planteó, las consecuencias negativas sobre la calidad de la educación están siendo delimitadas tajantemente por este sistema importado, desconociendo la realidad social y pedagógica del entorno. Máquinas vacías e ignorantes es lo que se está jugando con el proyecto de educación dual, la suerte está echada de aprobarse semejante adefesio.

 

“Fue Teté”: lo que dice el proyecto

 

El artículo 1 empieza haciendo una exclusión contradictoria: afirma que “el ámbito de aplicación de esta ley no cubre a los colegios técnicos profesionales de segunda enseñanza”, pero líneas atrás afirmaba que aplicaba para las instituciones públicas que quisieran implementar el sistema de forma voluntaria. Esto es una negación de la negación pues, al permitir que cualquier institución se adhiera voluntariamente, estaría eliminando la salvedad, ya que se podría tomar como una desigualdad de derechos. En los dos textos sustitutivos presentados, uno del PLN y otro del PAC, esta restricción queda completamente eliminada. ¿Cuál proyecto es el mejor entonces? Ninguno.

 

De la misma forma, al conceptualizarse “Centro Educativo o Institución Educativa” en el artículo 2, se abre la posibilidad de que un colegio pueda asumir el sistema dual. Continúa en la misma línea el artículo 14 con la acreditación de los centros educativos que deseen implementar la educación dual. Como puede notarse, no existe restricción alguna para que los colegios técnicos profesionales del país puedan acogerse a este sistema, todo lo contrario gozan de todas las condiciones establecidas por el proyecto en todos los sentidos posibles. No hay salvaguarda de nada.

 

En suma, por más que el proyecto trate de excluir los colegios de secundaria, lo cierto es que deja abierto el portillo para que estos se acojan al sistema de educación dual, esto por una simple interpretación jurídica de sentido común y de sobrado derecho. En el caso del texto sustitutivo presentado por el Partido Acción Ciudadana, en su artículo 14, se establece claramente que es el Ministerio de Educación Pública que habrá de regular la educación dual en los colegios técnicos profesionales. Todo lo anterior demuestra la presión que existe por imponer este sistema a toda costa sin dejar ningún tipo de institución educativa por fuera.

 

La malla curricular

 

Básicamente se plantea la cuestión de la siguiente forma. Según lo han dicho los defensores del proyecto, para que este sistema sea funcional, la dedicación a la empresa debe ser superior a un medio tiempo escolar, algunos aseguran que debe ser incluso de dos tercios del tiempo efectivo [2]. Así queda explícito en el texto sustitutivo presentado por el Partido Liberación Nacional, en su artículo 16, incisos a) y b). Esto, al final de cuentas, para el proyecto 19.019, quedaría manifiesto en el respectivo reglamento.

 

Esto trae serios problemas para los colegios técnicos profesionales del Ministerio de Educación Pública, pues al tener que disminuir la estancia de los estudiantes en el centro educativo, por añadidura se tendría que disminuir la jornada lectiva de los docentes. Los defensores del proyecto dirían posiblemente que esto no es así porque, según el artículo 19, inciso c), se haría una selección previa para determinar los estudiantes que asistirían a la empresa bajo el mecanismo dual. ¿Acaso no es esto último un absurdo irracional? ¿Para qué iría un joven a un colegio técnico si posiblemente no sea seleccionado para la modalidad dual con la empresa?

 

La idea inicial de los colegios técnicos es que la formación recibida les dé una posibilidad a los jóvenes de posicionarse en el mercado laboral. Si este espíritu muere por una selección tras haberse matriculado, ¿qué sentido lógico puede tener para un estudiante optar por un colegio técnico? ¿No es jugar con la necesidad de los jóvenes que en este sistema buscan la forma de sobrevivir por medio de un empleo? Y además, ¿no existe ya una preselección de los jóvenes a los colegios técnicos? Sobra recordar que esta modalidad representa una especie de “fuga de cerebros” para los colegios académicos.

 

Siendo que lo mencionado es un absurdo, el colegio tendría que seleccionar a todos (tal y como lo hace hoy) para que asistan a la empresa (principal interesada que esto sea así pues sería más mano de obra productiva a un ínfimo o nulo costo) bajo la modalidad dual. Al hacer esto, la mayoría del tiempo estarían los jóvenes en la empresa, de esta forma no tendría sentido tener tanto personal docente, mucho menos a los que imparten las asignaturas académicas básicas. El colegio, de esta forma, se convertiría en una especie de instituto de formación meramente técnica. Incluso los propios docentes de asignaturas técnicas verían disminuida su jornada laboral pues la modificación de la malla curricular requeriría establecer solo unas cuantas lecciones teóricas. ¿Qué haría el MEP ante tanto educador sin lecciones? Buscar reubicarlos generando un efecto dominó.

 

La CONAFODUAL: más burocracia, menos educación

 

El proyecto de ley plantea la creación de la Comisión Nacional del Fomento y la Formación Dual en su capítulo segundo. Esta organización se subordinaría al Ministerio de Educación Pública, al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y al Instituto Nacional de Aprendizaje, este último además, rector en todo lo referente a la formación técnica. En el caso de los textos sustitutivos, esta Comisión pasaría a denominarse Consejo Nacional de Educación Dual. Para efectos de análisis, el texto presentado por el PLN implica poderes casi absolutos para este órgano, que solo lo hacen más dañino, pero que no afectan en nada lo que a continuación se abordará.

 

En todo caso, la CONAFODUAL o CONEDUAL, o como vaya a llamarse, implica la conformación de una institución burocrática más dentro del monolítico sistema educativo. Sumado a esto, las prerrogativas que posee actualmente el Consejo Superior de Educación quedarían prácticamente anuladas con esta nueva institución, al menos lo referido a la rama técnica. Esto puede verse estratégicamente desde el poder, pues quitaría una gran cuota de participación de los actores más trascendentales del proceso educativo: el docente estudiantil.

 

Otra característica de la Comisión o Consejo es que, más que un órgano educativo, se convierte en una herramienta eficiente de la empresa privada para la formación de la mano de obra requerida por el mercado. Así queda establecido en el artículo 7, inciso b), donde la CONAFODUAL se encargaría de “atender las necesidades del sector productivo, en aquellas áreas, ocupaciones y profesiones que el mercado laboral demande y puedan ser desarrolladas por esta modalidad”; o en su inciso h), donde esta se convierte en el lobby de las cámaras patronales para “favorecer la atracción de inversiones, mediante la educación técnica en forma compartida con el sector productivo y contribuir a la elaboración de proyectos de inversión”.

 

Un asunto que genera problemática con la CONAFODUAL es su conformación. Según el artículo 8, el órgano estaría integrado por los ministros de Educación y Trabajo, el presidente del INA y dos representantes empresariales, uno donde se lleve a cabo la modalidad dual y otro de la UCCAEP. Los puestos no solo son político-económicos, sino también dinásticos pues, los tres primeros son inamovibles hasta que culminen su gestión y los dos últimos son elegidos por los primeros (artículo 9). ¿Dónde queda la representación estudiantil y docente en todo esto? Evidentemente no es una prioridad lo que puedan opinar o aportar los dos actores reconocidamente más importantes de la educación en cualquier parte del mundo.

 

El texto sustitutivo presentado por el Partido Liberación Nacional va un poco más allá al incluir a representantes de las instituciones públicas y privadas que aplique para el sistema dual, sin embargo no se clarifica su naturaleza: ¿Directores? ¿Coordinadores técnicos? ¿Docentes? ¿Juntas? También incluye un representante estudiantil. A pesar de todo, el mecanismo no deja de ser político y antidemocrático en el tanto serían estos minoría dentro de la CONAFODUAL, representando los intereses de la mayoría. El voto en las decisiones queda salvado para los puestos político-económicos que dominan este órgano poco representativo.

 

En resumen, el panorama educativo se vuelve oscuro y desalentador con la implementación del sistema dual. Más que beneficios para muchos, queda corroborado que solo busca ser una herramienta para el mercado, para beneficio exclusivo de las cámaras empresariales. Queda pendiente analizar lo que aquellos que defienden este proyecto vociferan por todos los medios: la supuesta quimera de la educación dual para resolver los problemas de empleo y, por tanto, el cuantioso beneficio para la juventud. Mientras tanto, queda este sinsabor adicional, esta necesidad de que la educación pretende ser llevada por un camino distinto a lo que debiera ser. Nuevamente un proyecto hecho por politólogos, economistas y demagogos, pero jamás por pedagogos y estudiantes.

 

Notas

 

[1] Léase los dos artículos previos sobre la educación dual en: Solano, José (2015, 9 de Agosto) La educación dual. Apuntes sobre su concepción práctica para Costa Rica; Solano, José (2015, 24 de Agosto) La quimera del capital costarricense y la educación dual. En EquipoCritica.org

[2] Rodríguez Valverde, Andrea (2015, 7 de junio) Costa Rica desaprovecha modelo de educación dual. El Financiero. Recuperado de: http://www.elfinancierocr.com/economia-y-politica/edudacion_dual-costa_rica-contratos_de_aprendizaje-alianzas_publico_privadas-fifco-INA-colegio_tecnico_de_santa_ana_0_750524969.html

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